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El Supremo confirma que la SGAE no debe cobrar el 10 % de las taquillas

04/05/2016 - NoticiasClave.net

El Supremo confirma que la SGAE no debe cobrar el 10 % de las taquillas

El Tribunal Supremo no permitirá que la SGAE recaude el 10% de la taquilla en los conciertos, confirmando la sanción de la Comisión Nacional de la Competencia del 6 de noviembre de 2014 que fue recurrida por la SGAE ante la Audiencia Nacional, que tampoco quiso suspenderla provisionalmente. Entonces, la Sociedad de Autores pidió al Supremo que la levantara en tanto aquel tribunal no se pronunciase sobre el fondo del asunto. 

Ahora, el Tribunal Supremo, con su sentencia no. 846/2016, del 18 de abril de 2016, rechaza  la pretensión de SGAE de suspender cautelarmente la resolución de la CNMC, por lo que la citada entidad de gestión de derechos deberá cumplirla inmediatamente.

El Supremo señala que "además de concurrir intereses públicos derivados de la observancia del Derecho a la Competencia, se advierte que hay intereses de terceros que merecen protección y que resultarían gravemente afectados si eventualmente se adoptase la medida cautelar" de suspender la prohibición, "al tener que seguir soportando la aplicación de tarifas del 10 % sobre sus ingresos".

La sanción de Competencia incluía además una multa para la SGAE de 3,1 millones de euros. La SGAE argumentó ante el Supremo que, en caso de que se aceptase su recurso, no podría volver a la tarifa actual ni recuperar el dinero, dada la fragilidad de las empresas promotoras de conciertos en España, que van desapareciendo del mercado con rapidez.

"La fragilidad de las empresas promotoras de conciertos abunda en la idea de que debe considerarse su interés como especialmente necesitado de amparo cautelar al resultar especialmente sensibles a la exigencia de tarifas excesivas o desproporcionadas", sentencia el Supremo.

La Asociación de Promotores Musicales (APM), que interpuso en su día la demanda ante Competencia, se ha felicitado y, según su presidente, Pascual Egea, ha destacado que: “El Tribunal Supremo vuelve a dar la razón a APM respecto a la tarifa del 10 por ciento a los conciertos. La SGAE recurre y recurre las resoluciones, pero todos sus recursos van cayendo, como una evidencia del abuso al que durante tantos años nos han sometido con ese canon”.

El Alto Tribunal señala en su sentencia que: “además de concurrir intereses públicos derivados de la observancia del Derecho a la Competencia, se advierte que hay intereses de terceros que merecen protección y que resultarían gravemente afectados si eventualmente se adoptase la medida cautelar” de levantar provisionalmente la prohibición de cobrar el 10 % de la taquilla de los conciertos.

En este sentido, es especialmente elocuente el párrafo en el que subraya que “la fragilidad de las empresas promotoras de conciertos abunda en la idea de que debe considerarse su interés como especialmente necesitado de amparo cautelar al resultar especialmente sensibles a la exigencia de tarifas excesivas o desproporcionadas”, según remarca Egea en la web de la asociación.

La APM también rechazó el acuerdo de nuevas tarifas suscrito entre la SGAE y ARTE en 2015.

 
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